Aprobada recientemente en el Congreso, la propuesta impulsada por legisladores busca consagrar en el país el denominado “derecho al olvido financiero”. De concretarse, la norma impedirá a los bancos y entidades crediticias conservar o emplear antecedentes sobre compromisos impagados o saldados cuando hayan transcurrido cinco años desde la exigibilidad de la deuda. Además, las instituciones quedarán obligadas a fundamentar formalmente por escrito los motivos objetivos cuando decidan denegar un crédito o la apertura de productos.
Frente a este avance parlamentario, las alertas se encendieron en el Ejecutivo. El titular de Hacienda, Jorge Quiroz, presentó una reserva de constitucionalidad durante el debate de la iniciativa, argumentando que el ajuste se aleja de los propósitos esenciales del proyecto. Para impedir que la norma prospere, la administración evalúa dos opciones jurídicas: acudir al Tribunal Constitucional para declarar el artículo fuera de norma o interponer un veto presidencial que elimine la indicación aprobada.
Desde el sector técnico y comercial, tanto la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) como el gremio bancario expresaron duras críticas a la medida. El organismo regulador advirtió que este cambio obstaculizaría el trabajo del recién estrenado Registro de Deuda Consolidada, afectando la evaluación del riesgo crediticio y entorpeciendo el acceso a mejores tasas de interés para quienes mantienen sus pagos al día.
En la misma línea, especialistas y gremios coinciden en que la escasez de datos generará una asimetría de información que perjudicará a los propios clientes. Al no contar con herramientas para diferenciar adecuadamente el perfil de los solicitantes, el sistema tenderá a endurecer sus condiciones, elevando los requisitos de aprobación y reduciendo las alternativas de financiamiento, afectando principalmente a las personas con menos trayectoria financiera.

